México.- En México, los trabajadores tienen derecho a recibir aguinaldo desde 1970. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo estipula que esta prestación se debe recibir a más tardar el 20 de diciembre de cada año y su monto debe equivaler a un mínimo de 15 días de salario, aunque puede recibirse hasta el 20 de enero, si se trata de trabajadores del Estado.
El aguinaldo se da a los trabajadores que hayan laborado el año completo o sólo una parte de éste, según la Ley, detalló Luis Madrigal, director de Coru.com.
Tienen derecho a aguinaldo todos los empleados que cuenten con un contrato activo y que hayan laborado el año completo o una parte.
El aguinaldo se paga ya sea si se trata de una contratación de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra, por tiempo determinado o por períodos eventuales. También aplica para los trabajadores que tienen un esquema de comisiones, agentes de comercio o seguros, vendedores y demás, mientras se rijan por la Ley Federal del Trabajo.
La Ley establece que el aguinaldo, como mínimo, será lo equivalente a 15 días de salario. En caso de no haber laborado el año completo, el patrón deberá otorgar la parte proporcional a los días trabajados. Si no se recibe aguinaldo, para proceder con la queja sólo se cuenta con un año a partir de que sucede el evento.
Si la prestación no es entregada a tiempo o no se de la parte que corresponde hay que ponerse en contacto con la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet), para levantar la queja correspondiente, esto a través del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx y en los teléfonos 01 800 911 7877 o 01 800 717 2942.
BTM
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