Proponen que deudores alimenticios realicen trabajo comunitario

Para sancionar a quienes incumplen, de manera reiterada e injustificada, con el pago de la pensión alimenticia de sus hijos, el diputado Pedro Haces Lago presentó una iniciativa de reformas al Código Civil de la Ciudad de México para que los deudores alimentarios realicen trabajo comunitario.

En la Sesión Ordinaria del Congreso capitalino de este martes, el integrante del Grupo Parlamentario de MORENA aseveró que el incumplimiento de las obligaciones alimentarias representa una realidad injusta que afecta directamente la economía de las familias y vulnera los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Explicó que las madres jefas de familia son quienes asumen todos los días -de manera solitaria- la crianza, cuidado, alimentación, educación y atención médica de sus hijas e hijos, mientras que muchos de los padres se desentienden o recurren a esquemas de informalidad laboral y ocultamiento de ingresos para evadir las resoluciones judiciales acerca de dicha pensión.

"Cumplir con la pensión alimenticia no puede ser opcional. Es una obligación legal, principalmente porque hay una sentencia y hay un registro. Pero, sobre todo, es una responsabilidad con la niñez capitalina. No permitamos que quien decida no cumplir siga haciendo esto sin consecuencia alguna", enfatizó el congresista desde la tribuna.

Haces Lago señaló que, si bien la legislación actual prevé mecanismos como el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, existen personas que aparentan insolvencia económica para no cumplir, por lo que es indispensable brindar nuevas herramientas legales a los juzgados familiares capitalinos.

En ese sentido, detalló que su propuesta plantea adicionar el Artículo 322 Bis al Código Civil local, a fin de que las y los jueces familiares puedan imponer la realización de trabajo comunitario a los deudores alimentarios, cuando exista un incumplimiento reiterado y no justificado de la pensión dictada por la autoridad judicial.

Precisó que su iniciativa establece reglas claras para la aplicación de esta medida: deberá ser ordenada mediante una resolución judicial fundada y motivada; se definirá con precisión su duración, condiciones y lugar de cumplimiento, y el trabajo comunitario deberá realizarse en instituciones públicas y en actividades orientadas al beneficio colectivo.

Finalmente, el diputado Pedro Haces Lago aclaró que la realización de trabajo comunitario no condona la deuda ni libera a la persona deudora de sus obligaciones financieras. Por ello, agregó, la totalidad del monto adeudado continuará siendo legalmente exigible a favor de las hijas e hijos.

Al finalizar la participación del representante popular, la Mesa Directiva hizo del conocimiento que la iniciativa sería turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, para su análisis y dictaminación.

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