Entra en vigor en México Ley de Home Office

México.- Este martes entró en vigor en México la reforma al teletrabajo (home office), la cual reconoce el desempeño de las actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón, por lo que no se requiere la presencia física en el centro de trabajo.


Sin embargo, esta reforma que obliga al patrón a asumir los costos de electricidad e internet, entre otros, no se aplicarán hasta 18 meses después, lapso con el que cuenta el Gobierno federal para crear una Norma Oficial Mexicana que mandate las nuevas obligaciones.


¿A qué estarán obligados los patrones?


Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros.


Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas.


Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad (luz e internet).


Llevar registro de los insumos entregados al personal que hará home office.


Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por los empleados.


Respetar el derecho a la desconexión del empleado al término de la jornada laboral.


Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social.


Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información.


¿Qué obligaciones tendrían que cumplir los trabajadores con el home office?


El cuidado, guarda y conservación de los insumos proporcionados para realizar sus labores.


Respeto a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.


La protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades.


BTM


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