El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) declaró la nulidad de la elección en la alcaldía Cuauhtémoc, que había dado por ganadora a Alessandra Rojo de la Vega, por violencia política de género.
El proyecto de sentencia se aprobó con dos votos en contra de la magistrada María Antonieta González Mares y el magistrado Juan Carlos Sánchez León y dos a favor de Osiris Vázquez Rangel y Armando Ambriz Hernández, quien hizo uso de su voto de calidad como presidente para su aprobación.
Lo anterior, al determinar la existencia de actos de violencia política de género que tuvieron como propósito la invisibilización de Eldaa Catalina Monreal Pérez como candidata de Seguiremos Haciendo Historia en la Ciudad de México, conformada por Morena, PT y PVEM y que fueron determinantes en el resultado de la elección.
Si bien se rechazaron las causales señaladas por los partidos en relación a que no se demostraron irregularidades en al menos el 20 por ciento de las casillas al sólo anularse 8 de las 8 mil 71 que se instalaron en esa demarcación, así como por el rebase del tope de gastos de campaña, sí se consideró acreditada, como causal de nulidad, la violencia política contra las mujeres en razón de género, prevista en el artículo 114, fracción X de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México.
Son, señala la sentencia, "conductas constitutivas de violencia de dicha naturaleza por parte de Alessandra Rojo de la Vega Picolo en contra de Elda Catalina Monreal Pérez, ello en lo medular debido a la violencia simbólica, invisibilización, y familismo ejercida a través de diversas manifestaciones, efectuadas sistemáticamente por la primera".
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